Términos generales de compra
A. General
1. Los siguientes términos y condiciones se aplicarán exclusivamente a la relación legal entre el proveedor y nosotros. Las condiciones del proveedor y los acuerdos divergentes sólo se aplicarán si los hemos aceptado por escrito. Ni nuestro silencio ni la aceptación de la prestación o el pago se considerarán un reconocimiento.
2. Los pedidos y la aceptación, así como los cambios y adiciones a los mismos, deben hacerse por escrito. Los acuerdos verbales en el momento de la celebración del contrato sólo serán efectivos si se han confirmado por escrito. Esto también se aplicará a las modificaciones del contrato después de su celebración.
3. Si el proveedor no acepta un pedido en el plazo de una semana desde su recepción, tendremos derecho a revocar el pedido en cualquier momento.
4. Los Incoterms modificados de vez en cuando serán decisivos para la interpretación de las cláusulas comerciales.
B. Alcance de la entrega, normativa medioambiental, plazos de entrega, retraso en la entrega y penalización contractual
1. El Proveedor garantiza que sus entregas incluyen todas las prestaciones necesarias para un uso correcto, seguro y económico, que son adecuadas para el uso previsto y que cumplen con el estado de la ciencia y la tecnología.
En la prestación de los servicios, el proveedor observará todas las normas, leyes y disposiciones legales pertinentes, en particular las normas de protección del medio ambiente, de sustancias peligrosas, de mercancías peligrosas y de prevención de accidentes, y cumplirá las normas de seguridad y salud laboral generalmente reconocidas. 1. El proveedor nos informará de los permisos oficiales necesarios y de los requisitos de notificación para la importación y explotación de los artículos de entrega.
2. El proveedor garantizará que los servicios se presten de forma respetuosa con el medio ambiente, de acuerdo con la Ley de Gestión de Residuos en Ciclo Cerrado. Esto incluye la selección de materiales de entrada respetuosos con el medio ambiente y reciclables, un diseño de bajas emisiones, poco contaminante y respetuoso con la deconstrucción, así como soluciones de ahorro de energía y recursos. A petición nuestra, el proveedor se compromete en todo momento a recuperar y eliminar los productos y los embalajes suministrados por él de forma correcta e inocua. 2. Si el proveedor elimina productos, componentes y materiales sustitutivos en nuestro nombre, deberá garantizar una eliminación adecuada e inocua de acuerdo con la KrW/AbfG (Ley alemana de reciclaje y gestión de residuos), incluidas las normativas de aplicación correspondientes, y proporcionarnos pruebas de ello cuando se le solicite.
3. Podemos exigir cambios en el diseño y la ejecución del objeto de la entrega dentro de lo razonable para el proveedor.
El proveedor aplicará los cambios en un plazo razonable. Se nos informará de los efectos, en particular en lo que se refiere a los
y los costes reducidos, así como las fechas de entrega, se acordarán mutuamente. Si no se puede llegar a un acuerdo en un plazo razonable, decidiremos a nuestra discreción.
4. Las fechas de entrega y ejecución indicadas en el pedido serán vinculantes. Las entregas anticipadas, excesivas o parciales sólo se permiten con nuestro consentimiento. Los retrasos inminentes nos serán notificados por escrito sin demora y, al mismo tiempo, se presentarán las contramedidas adecuadas para evitar las consecuencias.
5. Salvo que se acuerde lo contrario por escrito, la recepción de la mercancía por nuestra parte será determinante para el cumplimiento de las fechas o plazos de entrega.
En caso de incumplimiento por parte del proveedor, tenemos derecho a exigir una penalización contractual del 0,5% del valor del pedido por semana o parte de ella, pero sin superar el 5% del valor del pedido. El acuerdo de la penalización contractual o su ejecución no afectará a las reclamaciones legales a las que tenemos derecho por incumplimiento. Las sanciones contractuales pagadas se compensarán con las reclamaciones por daños y perjuicios. La penalización contractual puede hacerse valer hasta el pago de la mercancía entregada con retraso.
C. Gastos de envío y transporte
1. los artículos de entrega deben estar correctamente embalados y enviados. Deben respetarse las normas de embalaje y envío. Los documentos de envío, como el albarán y la nota de embalaje, se adjuntarán a las entregas. Nuestros números de pedido deben figurar en todos los documentos. Cualquier coste adicional derivado del incumplimiento de la normativa anterior correrá a cargo del proveedor.
2. En el caso de las entregas "libre domicilio", "libre ... lugar de destino" y "libre/gratuito", el precio incluirá los gastos de flete y embalaje, así como los gastos de descarga. En el caso de las entregas a portes debidos, sólo pagaremos los gastos de transporte favorables, a menos que hayamos especificado un tipo de envío especial. El proveedor asumirá el riesgo de pérdida accidental y deterioro accidental de los bienes vendidos hasta su entrega en el lugar de destino. 3.
3. Si devolvemos los envases reutilizables al proveedor a portes pagados, tendremos derecho a un reembolso por el importe del valor del envase.
D. Precios, condiciones de pago, cesión de créditos, retención de la propiedad
1. los precios acordados son precios fijos. Salvo acuerdo en contrario, el pago se efectuará por transferencia bancaria en un plazo de 10 días a partir de la aceptación de la mercancía y la correcta recepción de la factura con un descuento del 3% o en un plazo de 30 días a partir de la aceptación y la recepción de la factura sin deducción. El plazo comienza con la recepción de la prestación contractual y una factura adecuada y verificable.
2. El proveedor no tiene derecho a ceder los créditos contra nosotros ni a que los cobren terceros. La disposición del artículo 354a del HGB no se ve afectada.
3. Se excluye el acuerdo de una reserva de propiedad de los objetos de entrega a favor del proveedor o de terceros, en particular mediante las condiciones generales de entrega o comerciales del proveedor.
E. Secreto / Información
1. El proveedor mantendrá en secreto toda la información proporcionada por nosotros, como dibujos, documentos, hallazgos, muestras, medios de producción, modelos, soportes de datos, etc., no los hará accesibles a terceros (incluidos los subproveedores) sin nuestro consentimiento por escrito y no los utilizará para fines distintos de los previstos por nosotros. Esto se aplica también a las duplicaciones. Esta obligación no se aplicará a la información que ya conocía de forma justificada sin obligación de mantener el secreto en el momento de su recepción o que posteriormente conozca de forma justificada sin obligación de mantener el secreto, que sea o llegue a ser de conocimiento general sin incumplimiento de contrato por una de las partes o para la que se le haya concedido permiso por escrito para utilizarla con otros fines.
El proveedor no podrá hacer publicidad de su relación comercial con nosotros sin nuestro previo consentimiento por escrito. Conservamos la propiedad y todos los demás derechos (derechos de patente, derechos de autor, etc.) sobre la información que proporcionamos. Las reproducciones sólo pueden hacerse con nuestro consentimiento previo y expreso por escrito.
Las reproducciones pasarán a ser de nuestra propiedad a partir de su producción. Queda acordado entre el proveedor y nosotros que el proveedor conservará las reproducciones para nosotros. El proveedor almacenará, mantendrá y asegurará la información puesta a su disposición, así como las copias de la misma, a sus expensas, y las entregará o destruirá en cualquier momento a petición nuestra.
No tendrá derecho de retención, sea cual sea el motivo. La devolución o destrucción completa debe asegurarse por escrito. 2.
2. En caso de incumplimiento de las obligaciones del punto E.1, se deberá pagar inmediatamente una penalización contractual de 25.000 euros por cada caso de incumplimiento. El proveedor se reserva el derecho a que un tribunal determine la idoneidad del importe de la sanción contractual. Las sanciones contractuales pagadas se compensarán con las reclamaciones por daños y perjuicios.
F. Gestión de la calidad / Inspección de las mercancías entrantes
1. El proveedor deberá controlar constantemente la calidad de sus entregas y servicios. Para ello, establecerá y mantendrá un sistema de garantía de calidad de acuerdo con la norma ISO 9001 u otra norma acordada con nosotros.
Los cambios en el artículo de entrega requieren nuestra aprobación previa. En particular, el proveedor deberá dejar constancia por escrito, para todos los productos que se nos entreguen, de cuándo, de qué manera y por quién se ha garantizado la fabricación sin defectos de la entrega. Estos registros deben conservarse durante al menos 10 años y presentarse ante nosotros cuando se solicite. Los preproveedores y subproveedores deben estar obligados a ello.
2. La inspección de la mercancía entrante sólo será realizada por nosotros con respecto a los daños visibles desde el exterior y a las desviaciones visibles desde el exterior en cuanto a la identidad y la cantidad. Avisaremos sin demora de tales defectos. Nos reservamos el derecho de llevar a cabo una inspección de entrada de mercancías más amplia, por ejemplo, en lo que respecta a las dimensiones, las tolerancias, etc. Además, notificaremos los defectos tan pronto como se descubran en el curso ordinario de los negocios. A este respecto, el proveedor renuncia a la objeción de la notificación posterior de los defectos. En el caso de que se detecten defectos, tendremos derecho a devolver la totalidad de la entrega a cargo del Proveedor.
G. Responsabilidad por defectos, reembolso de gastos, plazo, seguro
1. Si el objeto de la entrega es defectuoso, nuestras reclamaciones se regirán por las disposiciones legales, salvo que se disponga lo contrario en las siguientes disposiciones. Si la seguridad de funcionamiento está en peligro, si hay riesgo de daños inusualmente altos o para mantener nuestra capacidad de entrega a nuestros clientes, podemos, tras informar al proveedor, llevar a cabo la rectificación nosotros mismos o encargarla a terceros. El proveedor correrá con los gastos que se produzcan en este sentido.
El proveedor será responsable de todos los daños y gastos en los que incurramos directa o indirectamente como consecuencia de los defectos del artículo. El Proveedor también estará obligado a indemnizar los gastos ocasionados por una inspección de recepción de mercancías que exceda el alcance habitual, siempre que se hayan identificado al menos partes de la entrega como defectuosas.
Esto también se aplica a una inspección parcial o completa de las entregas recibidas en el curso posterior de los negocios con nosotros y
nuestros clientes. Si el proveedor recurre a terceros para la realización del servicio, responderá de ellos como de los auxiliares ejecutivos.
2. El proveedor también reembolsará los gastos incurridos por nuestros clientes o por nosotros en el período previo o en relación con los eventos de responsabilidad por defectos con el fin de prevenir, defender o mitigar los daños de forma temprana (campañas de retirada).
3. El proveedor deberá reembolsar los gastos que debamos soportar frente a nuestros clientes y que sean imputables a los defectos de la entrega obtenida de él.
4. Salvo que la ley estipule lo contrario, el proveedor será responsable de los defectos que se produzcan en un plazo de 24 meses a partir de la recepción del suministro por nuestra parte o de la aceptación (si dicha aceptación está estipulada por ley o por contrato). En caso de ejecución posterior, el plazo se ampliará por el tiempo durante el cual el objeto de la entrega no pueda ser utilizado de acuerdo con el contrato. Los mismos plazos se aplicarán a la ejecución posterior.
El plazo de prescripción de las reclamaciones por defectos comenzará como muy pronto dos meses después de que se hayan satisfecho las reclamaciones del cliente final.
se han cumplido. Esta suspensión de la caducidad finaliza como máximo 5 años después de la entrega a nosotros.
H. Herramientas, dispositivos y programas
Sin perjuicio de otros acuerdos, recibiremos la plena o la copropiedad en la medida en que participemos en los costes probados de las herramientas, los dispositivos, los programas (en lo sucesivo, WVP) para la fabricación del objeto de suministro. El WVP pasará a ser de nuestra (co)propiedad en el momento del pago. A menos que los VDP estén marcados de otra manera, asumiremos al momento del pago que hemos adquirido la plena propiedad de los VDP. El WVP permanecerá en préstamo con el proveedor.
El proveedor sólo tendrá derecho a deshacerse de las VDP, a trasladarlas o a inutilizarlas definitivamente con nuestra aprobación. El proveedor marcará el VDP como de nuestra propiedad (conjunta). El proveedor correrá con los gastos de mantenimiento, reparación y sustitución de la VDP. La VDP de sustitución será de nuestra propiedad en proporción a nuestra participación en la VDP original.
En caso de copropiedad de una VDP, tendremos un derecho de preferencia sobre la cuota de copropiedad del proveedor. El proveedor utilizará WVP que son (co)propiedad nuestra exclusivamente para la producción de los artículos de entrega. A la finalización del suministro, el proveedor nos devolverá el VDP inmediatamente a petición; en el caso de VDP en copropiedad, reembolsaremos al proveedor el valor de mercado actual de la cuota de copropiedad del proveedor a la recepción del VDP.
El proveedor no tendrá derecho de retención en ningún caso. La obligación de entrega también se aplicará al proveedor en caso de que se presente una solicitud de insolvencia contra él o en caso de una interrupción más larga del suministro. El proveedor entregará el WVP al
y, si no se ha llegado a un acuerdo, en la medida habitual.
I. Piezas de recambio y disponibilidad de entrega
El proveedor deberá garantizar que está en condiciones de suministrarnos los objetos de entrega o partes de los mismos como piezas de recambio en condiciones razonables durante un período de 10 años tras la finalización de la relación de suministro.
J. Jurisdicción y ley aplicable
El lugar de cumplimiento de las entregas y servicios es el destino especificado por nosotros. El lugar de cumplimiento de los pagos es Saaldorf/Surheim. La relación contractual se regirá por el derecho alemán, a excepción de las disposiciones sobre conflicto de leyes y la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG).
El lugar de jurisdicción es Traunstein, sujeto a un lugar de jurisdicción exclusivo desviado. Sin embargo, también tenemos derecho a demandar al proveedor ante otro tribunal competente. En caso de que alguna disposición sea o llegue a ser inválida, esto no afectará a la validez de las demás disposiciones.
